sábado 12 de abril de 2008

Texto definitivo del MP Summorum Pontificum



El diario de la Conferencia Episcopal Italiana, Avvenire, ha publicado el 8 de marzo pasado el texto definitivo del MP Summorum Pontificum, sobre la posibilidad de celebración de la forma extraordinaria del rito Latino, la llamada Misa Tridentina, o de San Pío V.
Desde el 14 de setiembre, en que comenzó a regir el documento pontificio, y aún antes, cuando se dio a conocer su texto en latín, se generaron versiones en inglés, sobre todo en Estados Unidos, a partir de un original latino defectuoso, y que se difundió ampliamente.
Por ello, al mismo tiempo ha sido incluida la versión corregida en los Acta Apostolici Sedis, junto con la carta del Papa a los obispos para implementar la celebración de la liturgia tradicional.
Los cambios más significativos son dos, el primero, en el art. VII del MP, se ha sustituído el non potest, por non vult (no quiere), quedando así el texto definitivo: "Si un grupo de fieles laicos, como los citados en el art. 5, §1, no ha obtenido satisfacción a sus peticiones por parte del párroco, informe al obispo diocesano. Se invita vivamente al obispo a satisfacer su deseo. Si no quiere proveer a esta celebración, el asunto se remita a la Pontificia Comisión 'Ecclesia Dei´. Segundo, el término latino estabiliter, se cambia por continenter, lo que aclara la duda sobre si el grupo debe pre existir al MP, cosa que no es ese el sentido del texto tal como ha quedado reformado, el grupo puede formarse posteriormente al documento.
Otro aspecto importante es que el MP libera totalmente de todo obstáculo la celebración de la Misa Tridentina, y lo hace de manera universal, por lo que aunque por respeto y caridad a la autoridad superior, el sacerdote que va a celebrarlo, desee comunicarlo, no está obligado a pedir permiso, ni la autoridad darlo, porque hay un documento de alto rango que ya lo ha aprobado.